Asesoría y Gestión

Servicios profesionales de asesoría fiscal y administrativa
Gestoría presta servicios profesionales de carácter jurídico‑tributario y administrativo dirigidos a trabajadores autónomos, profesionales y pequeñas empresas. Actuamos como intermediarios ante la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) y la Tesorería General de la Seguridad Social, encargándonos de la tramitación material de obligaciones formales y de la preparación de documentación, sin sustituir en ningún caso la responsabilidad propia del obligado tributario en el cumplimiento de sus deberes legales.

En esta página se describen, de forma general, los principales servicios que ofrecemos:

1. Alta y baja de autónomos (036/037, RETA, Seguridad Social, epígrafes IAE, bases de cotización)
El inicio y el cese de la actividad por cuenta propia implican una serie de obligaciones formales ante la Administración tributaria y la Seguridad Social:

Declaraciones censales (Modelos 036/037)
La Ley General Tributaria impone la obligación de presentar declaraciones censales a quienes desarrollen actividades empresariales o profesionales o satisfagan rendimientos sujetos a retención, incluyendo la comunicación de alta, modificación y baja en el censo de empresarios, profesionales y retenedores 
Nos encargamos de:
    -Preparar y presentar el modelo censal de alta, baja o modificación (036; y, en su caso, 037 cuando proceda).
    -Comunicar los datos identificativos, domicilio fiscal, actividad, régimen de IVA y demás extremos exigidos.

Alta y baja en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA)
Las personas que realizan de forma habitual una actividad económica o profesional por cuenta propia están obligatoriamente incluidas en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos (RETA) y deben solicitar su afiliación, altas, bajas y variaciones de datos en los términos previstos en la Ley General de la Seguridad Social.
Prestamos asistencia en:
    -Tramitación del alta y baja en el RETA.
    -Comunicación de variaciones de datos (actividad, domicilio, etc.).

Epígrafes del Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE)
La elección correcta del epígrafe del IAE es relevante a efectos de identificación de la actividad y de determinadas obligaciones tributarias.
Asesoramos en:
    -Determinación del epígrafe aplicable según la actividad desarrollada.
del epígrafe en la declaración censal.

Bases de cotización y sistema de ingresos reales
La cotización en el RETA se realiza en función de los rendimientos netos anuales obtenidos en las actividades económicas o profesionales, conforme al artículo 308 de la Ley General de la Seguridad Social y al nuevo sistema de tramos de bases de cotización.
Ofrecemos:
    -Orientación sobre la elección de la base de cotización dentro de los tramos previstos legalmente.
    -Información sobre la obligación de comunicar previsiones de rendimientos y sobre la posterior regularización anual de cuotas.

2. Certificados digitales
El uso de certificados electrónicos cualificados es hoy esencial para relacionarse con la Administración por medios electrónicos, tanto en el ámbito tributario como en el de la Seguridad Social y otras Administraciones públicas.
Servicios que se comprenden:

    Gestión de la obtención del certificado digital
        -Asistencia en la solicitud de certificados cualificados emitidos por prestadores de servicios de confianza establecidos en España, incluidos los procedimientos de identificación presencial o remota por vídeo regulados por la Orden ETD/465/2021.
        -Información sobre las obligaciones de seguridad y conservación del certificado.

    Uso del certificado en procedimientos electrónicos
        -Utilización del certificado para la presentación telemática de declaraciones y escritos ante la AEAT y otros organismos, de acuerdo con la normativa sobre actuación electrónica del sector público.
        -Verificación de la vigencia y validez del certificado antes de su uso.

3. Modelos trimestrales y anuales de IVA e IRPF
El desarrollo de actividades económicas conlleva la obligación de presentar periódicamente autoliquidaciones y declaraciones informativas:

Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)
Los sujetos pasivos del IVA deben presentar declaraciones‑liquidaciones periódicas y, en su caso, resumen anual, así como cumplir obligaciones de facturación y llevanza de libros registro.
Nos ocupamos de:
    -Preparación y presentación de modelos trimestrales y anuales de IVA, tanto en régimen general como en régimen simplificado (modelos 303, 310, 311, 370, 371, según proceda).
    -Revisión de la facturación emitida y recibida y de los libros registro necesarios.

Pagos fraccionados y declaraciones de IRPF vinculadas a la actividad
Los contribuyentes que obtienen rendimientos de actividades económicas deben efectuar pagos fraccionados trimestrales y, posteriormente, integrar dichos rendimientos en la declaración anual del IRPF.
Prestamos servicios de:
    -Cálculo y presentación de pagos fraccionados trimestrales (modelos 130 y 131, según el método de determinación del rendimiento).
    -Coordinación entre las autoliquidaciones periódicas y la declaración anual de IRPF.

4. Declaración de la Renta (IRPF)
El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas grava la totalidad de la renta obtenida por las personas físicas residentes en España, con carácter general y periódico. La normativa establece quién está obligado a declarar, los modelos aplicables y los plazos de presentación.
En este ámbito ofrecemos:

    Análisis de la obligación de declarar
        -Estudio de las rentas obtenidas y de los límites cuantitativos y cualitativos que determinan la obligación de presentar declaración.
        -Revisión de situaciones especiales (deducciones por vivienda, aportaciones a sistemas de previsión social, doble imposición internacional, etc.).
    Preparación y presentación de la declaración de IRPF
        -Elaboración de la declaración individual (modelo D‑100) conforme a la normativa vigente y a las reglas de individualización de rentas y deducciones.
        -Presentación telemática de la declaración, con utilización de certificado digital o sistemas de identificación admitidos, y gestión de fraccionamientos de pago cuando proceda.

5. Atención y respuesta a requerimientos de la Agencia Tributaria
La Ley General Tributaria regula el deber de información y la facultad de la Administración para requerir datos, documentos e informes con trascendencia tributaria, así como las consecuencias del incumplimiento de dichos requerimientos.
Nuestros servicios en esta materia incluyen:

    Análisis del requerimiento recibido
        -Estudio del contenido del requerimiento individualizado de información o de documentación emitido por la AEAT, identificación del procedimiento en el que se dicta y de los plazos de contestación.
        -Verificación de la adecuación del requerimiento a la normativa aplicable.

    Preparación de la contestación y documentación
        -Recopilación y ordenación de los datos, libros, registros, facturas y justificantes solicitados, en los términos exigidos por la Administración.
        -Redacción de escritos de respuesta, alegaciones y, en su caso, recursos frente a requerimientos o propuestas de regularización, respetando los plazos y formas previstos en la normativa tributaria.

    Información sobre el régimen sancionador
        -Asesoramiento sobre las posibles infracciones derivadas de la falta de atención, contestación incompleta o inexacta a los requerimientos (infracción por resistencia, obstrucción, excusa o negativa; infracción por presentación incorrecta de declaraciones o contestaciones) y sus sanciones.

6. Contratos de prestación de servicios
La prestación de servicios profesionales a clientes se articula mediante contratos de servicios, que tienen por objeto obligaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o en la obtención de un resultado distinto de una obra o suministro.
En este ámbito:

    Redacción de contratos de prestación de servicios
        -Elaboración de contratos de servicios adaptados a la normativa civil y, en su caso, administrativa, incluyendo como mínimo la identificación de las partes, el objeto del contrato, la retribución, la duración y las demás cláusulas necesarias para regular la relación jurídica.
        -Incorporación de cláusulas sobre protección de datos, confidencialidad, régimen de responsabilidad y causas de resolución, respetando la legislación aplicable.

    Asesoramiento sobre contratos de servicios con Administraciones públicas
        -Información general sobre la regulación de los contratos de servicios y de concesión de servicios en el sector público, conforme a la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público, incluyendo la definición del objeto, la ejecución del contrato y las obligaciones del contratista.
        -Orientación sobre la preparación de ofertas y pliegos de cláusulas administrativas particulares, cuando el cliente participe en licitaciones públicas.

Este contenido tiene carácter meramente informativo y describe de forma general los servicios que prestamos. Cada encargo profesional se concreta mediante la correspondiente hoja de encargo o contrato de servicios, en el que se detallan las actuaciones específicas a realizar, los honorarios y las condiciones particulares de la relación profesional.

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